1 de diciembre de 2010

Posición de garante

Esta mañana mientras disfrutaba de algunos minutos libres sentado en un asiento de plástico ubicado en los solitarios pasillos de mi facultad, he aprovechado para leer un documento de suma importancia para mi persona a la hora de desarrollar mi trabajo. El Código Penal incluye varias premisas donde la figura del bombero está recogida como persona en posición de garante en alguno casos. ¿Y qué significa eso de posición de garante? No es más que en el caso de las profesiones destinadas a la protección y a la seguridad (bomberos, policías, militares, sanitarios, etc…) están obligados a socorrer a las personas en peligro incluso cuando hay riesgo para ellos mismos ya que, por razón de su oficio o cargo, tienen la “obligación de sacrificarse”. Es decir que en virtud del artículo 11 del Código penal, cuando alguien que tenga posición de garante ante una situación de peligro deje de actuar y se produzca uno de esos resultados, (muerte, lesiones, daños) se entenderá que los ha producido él directamente y se le podrá condenar por el delito de homicidio, lesiones o daños que se hayan producido. Y la reflexión es la siguiente, y con esto me acuerdo de las palabras del jefe de bomberos el primer día que nos conoció hace ya más de tres años, "si tenéis que dar la vida la vais a dar". Estamos para ello, para que tú te salves y yo me sacrifique; tú pongas a buen seguro tu vida y yo sucumba en las sombras; para que tu vida siga su curso y la mía se corte de un hachazo. Y te digo que no me importa, que para ello elegí está profesión. Una vez alguien me dijo: "estás hecho para ayudar a los demás". Gracias Mamá.

2 comentarios:

Anónimo dijo...

Gracias a ti por ser mi hijo.

jose miguel dijo...

Claro que si, Quique.
Nosotros no podemos mirar para otro lado, cuando alguién necesita ayuda, por pequeña que sea.
Ahí, precisamente reside la grandeza de Ser Bombero, con mayúsculas.
Y el que no lo estime así, que oposite a Auxiliar Administativo...
Un saludo.